En el post anterior, ya hablamos sobre lo que es el IRPF (Impuesto de Renta sobre Personas Físicas), en el caso de hoy, hablaremos sobre los diferentes modelos y cómo rellenar cada modelo.
- Modelo 113: Modelo en caso de gananciales y cuando uno de los miembros o ambos, cambian su residencia habitual a uno de los países miembros de la comunidad europea, por lo que la persona, no estará obligada a realizar la entrega de este importe en el territorio español. Es importante conocer la fecha de entrada del territorio nacional, así como el país de destino para que las autoridades puedan comunicarse con su respectivo homologo.
- Modelo 121: Para todas aquellas familias numerosas, o que presenten algún grado de discapacidad superior al 33%. Es un documento que sirve para como deducción por los diferentes contribuyentes, este documento hay que presentarlo antes de que inicie la campaña del IRPF, presentándose a su vez los documentos acreditativos tanto de familia numerosa o en su caso de discapacidad.
- Modelo 140: En este caso, nos encontramos ante el modelo que han de presentar las madres o futuras madres en época de embarazo y que han solicitado la baja por maternidad, reduciendo así sus ingresos, por lo tanto el estado les otorga una ayuda para que no se vean muy afectados sus capacidades económicas.
- Modelo 145: Este modelo, es el que se reconoce por referencia y es el que ha de presentar todas las personas en el plazo establecido por la ley, su objetivo es captar las rentas obtenidas por trabajo o por beneficio de sus ahorros. Es de carácter anual y es el que más dificultad conlleva porque hay que explicar los datos relacionados con el patrimonio y la economía personal. También, hay que comunicar los datos referentes a la variación que esta economía ha sufrido durante el periodo de 1 año. Por lo tanto, es siempre conveniente mantener una información actualizada de los datos económicos.
- Modelo 146: Los pensionistas al igual que los trabajadores, reciben unas rentas económicas mensuales, por las que deben declarar sus ingresos anuales. Para estas personas, como ya no poseen unos ingresos similares al que tenían en el momento de trabajar, poseen una serie de beneficios fiscales de parte del estado, permitiendo rellenar un modelo diferente, en este caso el 146, para obtener sus respectivas retenciones.
- Modelo 147: Analizando la situación contraria que sucede en el caso de 113, lo deben presentar, todas aquellas personas que trasladen su domicilio oficial al estado español. Han de ser personas que trabajen por cuenta ajena para poderle practicar sus respectivas restricciones, es importante, que deben estar trabajando o por lo menos tener un contrato activo 30 días antes de la entrada al territorio nacional y ha de presentarse en un plazo, no superior a 183 días después de su ingreso al país español.
- Modelo 186: Por último, queremos destacar el uso del 186, porque es un modelo tan diverso como dispar, para presentar tanto el amor por el nacimiento de un nuevo miembro, como el momento tan drástico es la defunción de un familiar, para estos casos es que sirve presentar el este modelo.
Aquí no están escritos todos los modelos, pero si los casos más importantes, que, dando clic al nombre de cada uno de ellos, podrás acceder a la información oficial de parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y podrás también rellenar los respectivos documentos.