Declaración Responsable del Sistema Informático de Facturación

GPBUSINESS S.I.F. / VERI*FACTU

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE FACTURACIÓN GPBUSINESS

1. SIF AL QUE HACE REFERENCIA LA DECLARACIÓN

  • Nombre del sistema informático: GpBusiness
  • Código identificador del sistema informático: 01
  • Versión: Ed29

2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y FUNCIONALES DEL SOFTWARE

  • Aplicación
    GpBusiness es un software de gestión y contabilidad (ERP) diseñado para PYMES y autónomos. Es modular, permitiendo gestionar varias áreas operativas de la empresa, como pueden ser: gestión, contabilidad, T.P.V., S.A.T., certificaciones y obras, fabricación, gestión documental, además de otros posibles módulos desarrollados según la operativa del usuario.
    La aplicación se puede adaptar a diferentes sectores, tales como: fitosanitarios, distribución, automoción, cereales, tanatorios, sistemas contra incendios, explotaciones agrícolas y comercio al por mayor y menor.
    Este software se instala en modo local como una solución cliente-servidor de Microsoft SQL Server.
    GpBusiness requiere del sistema operativo Windows para su funcionamiento.
  • Arquitectura e implementaciónLa tecnología de desarrollo es .NET y Alaska xBase++, construido sobre SQL Server como base de datos.
    GpBusiness tiene opciones de conectividad central con Office 365, además de permitir conectar con software de terceros, comercializados conjuntamente con Fersoft Informática S.L.
    La aplicación puede ser personalizada mediante un desarrollo a medida. Estas adaptaciones pueden ser comercializadas directamente por Fersoft Informática S.L., o por nuestros distribuidores autorizados.
  • Especificaciones técnicas como sistema informático de facturación.
    Tanto la aplicación principal GpBusiness, como el módulo S.I.F., ejecutan los procesos necesarios para cumplir las especificaciones de la Orden Ministerial HAC/1177/2024, de 17 de octubre. Habiéndose trasladado todos estos procesos a las diferentes versiones comercializadas por Fersoft Informática S.L.
  • Componentes funcionales:
    1. Configuración del sistema
      • Presentación fiscal: opción de la aplicación desde la cual se configura la empresa, para identificar la modalidad a la que estará acogida. Pudiendo seleccionar la opción acogida a SIF (NO VERI*FACTU), ACOGIDA A VERI*FACTU, ACOGIDA AL SII O SECTOR EXENTO, identificando el año y la fecha de inicio de la misma.
      • Estado de la presentación fiscal: Esta opción permite tres formas de operar:
        Cumpliendo reglamento S.I.F.: En esta configuración el sistema se rige bajo los requisitos contemplados en lo dispuesto en el artículo 29.2.j de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.
        Cumpliendo reglamento S.I.I.: En este caso, el sistema actúa cumpliendo con la normativa Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
        Sector exento del S.I.F.: Cuando la empresa está configurada bajo esta modalidad, la aplicación no está operando bajo los requisitos exigidos en la normativa que regula el cumplimiento con S.I.F/VERI*FACTU, ni de S.I.I. Se utilizará para aquellos casos en que la actividad de la empresa le exime de cumplir con dichas normativas.
    1.  Registros de facturación
      En este mantenimiento se recoge la información de registro de las facturas emitidas desde este S.I.F, la huella del registro, el código QR y el encadenamiento con el registro anterior.
      A su vez, cada registro permite verificar la trazabilidad e integridad de los mismos, cumpliendo con la estructura, contenido y formato acorde con lo descrito en el apartado 3 del Anexo, incluido en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.
      Se dispone de enlaces para que en caso necesario se pueda realizar una subsanación o anulación del registro en cuestión.
    2. Registro de eventos:
      Opción que registra los eventos de facturación en caso de ser SIF (NO VERI*FACTU).
      La finalidad de este registro es comprobar la trazabilidad e integridad de cadena de registros de eventos, según los criterios del Reglamento incluidos en el Anexo dentro del bloque 5 <<RegistroEvento>> descrito en el apartado 2.5.

3. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA INFORMÁTICO

El sistema ha sido desarrollado para poder operar SIF (NO VERI*FACTU) y VERI*FACTU.

Además, el sistema también permite el funcionamiento con la modalidad de Suministro Inmediato de Información (S.I.I.)

De igual manera, la aplicación permite ser usada por varios obligados tributarios o bien por un único usuario, el cual a su vez podrá realizar la presentación a terceros.

La firma electrónica utilizada para los registros de facturación y de eventos se realiza con el estándar XAdES Enveloped Signature.

 

4. RESPONSABILIDAD DEL OBLIGADO TRIBUTARIO

Fersoft Informática S.L., en adelante Fersoft, como fabricante no será responsable por ningún daño, pérdida o perjuicio que pueda derivarse del uso indebido, incorrecto o no autorizado de la aplicación por parte del usuario. Esto incluye, pero no se limita a, errores, fallos o mal funcionamiento causados por virus, malware, o cualquier otra causa externa o interna que afecte la integridad del sistema. Asimismo, Fersoft no se responsabiliza por problemas de conectividad con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), incluyendo pérdidas de conexión a Internet, caídas del servicio, o interrupciones en la comunicación que impidan la correcta transmisión de datos o la realización de trámites electrónicos.

El fabricante tampoco será responsable por la invalidez, caducidad, o errores en los certificados digitales utilizados en la aplicación, ni por cualquier incidencia derivada de certificados caducados, mal configurados o incorrectos, que puedan afectar la firma, autenticación o transmisión de datos. Será el obligado tributario el encargado de mantener actualizados sus certificados digitales y de contar con una conexión estable y segura para el correcto funcionamiento de la aplicación.

Fersoft no asume responsabilidad alguna por modificaciones no autorizadas en los formatos de factura realizados por terceros o por el propio usuario, que puedan derivar en incumplimientos de la normativa tributaria vigente.
Fersoft recomienda realizar copias de seguridad periódicas y seguir las instrucciones técnicas proporcionadas para garantizar un uso adecuado del software.

En ningún caso, Fersoft será responsable por daños indirectos, especiales, incidentales o consecuentes, incluyendo pérdida de datos, beneficios o cualquier otra pérdida económica derivada del uso o la imposibilidad de uso de la aplicación. Reiteramos que la correcta utilización de la aplicación y el cumplimiento de la normativa fiscal son responsabilidad exclusiva del usuario obligado tributario.
Fersoft proporciona la herramienta configurada conforme a la normativa tributaria actual de facturación, pero no garantiza que el usuario mantenga la configuración en el tiempo, ni exime al usuario de verificar y cumplir con las obligaciones legales correspondientes.

 

5. INFORMACIÓN DEL PRODUCTOR

Razón social de la entidad productora del sistema informático: FERSOFT INFORMÁTICA, S.L.
NIF de la entidad productora del sistema informático: B14455703.

Dirección portal de contacto de la entidad productora del sistema informático: C/ Noruega 2, 14014 Córdoba.
La entidad productora del sistema informático a que se refiere la declaración responsable, Fersoft Informática S.L., con CIF B14455703 hace constar que este sistema informático, GpBusiness en la versión indicada en ella, cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, con el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y con la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, y en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para todo aquello que complete las especificaciones de dicha orden.

Lugar, fecha y firma
En Córdoba, España a día 21 de julio de 2025, subscribe esta declaración responsable Salvador Raya Bravo con D.N.I 30977170-B como administrador de la empresa Fersoft Informática S.L.

En la siguiente dirección puede consultar el Anexo de esta declaración responsable, donde encontrará información detallada sobre funcionamiento del módulo S.I.F en cumplimiento con la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, con el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y con la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.

 

ANEXO

1. OTRAS FORMAS DE CONTACTO

Para cualquier consulta, información adicional o solicitud relacionada con este documento, puede ponerse en contacto a través de los siguientes medios:

  • Teléfono: 957463547
  • Correo electrónico: gestion@fersoft.es
  • Web: https://fersoft.es/contacto/

2. DIRECCIÓN DE INTERÉS

La entidad productora del sistema informático objeto de esta declaración responsable pone a disposición las siguientes direcciones web como puntos de acceso a la información del software declarado:

3. FUNCIONALIDADES PRINCIPALES DEL SISTEMA

La aplicación GpBusiness permite la creación, gestión y emisión de distintos tipos de facturas, cumpliendo con la normativa vigente en materia de facturación y con los requisitos establecidos en el artículo 29.2.j de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, con el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y con la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre para los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), incluyendo las obligaciones del sistema VERI*FACTU definidas por la Agencia Tributaria (AEAT) y donde podrá elegir como usuario la modalidad que necesite para su negocio.

 

3.1. Características principales

  • Tipos de facturas soportadas:
    — Facturas ordinarias.
    — Facturas rectificativas.
    — Facturas simplificadas (Tickets).
  • Cumplimiento normativo:
    — Incluye todos los campos obligatorios establecidos en el Reglamento de Facturación, según el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
    — Adaptada a los esquemas y reglamentos exigidos por la AEAT para el Sistema Informático de Facturación (SIF).
  • Numeración correlativa automática:
    — Asignación automática de números de facturas, con control por series de facturación.
    — Impide en los registros de facturación generados duplicidad o saltos en la secuencia de numeración, según los requisitos de trazabilidad de la AEAT.
  • Huella digital y encadenamiento:
    — Generación automática de una huella digital (hash SHA-256) para cada factura.
    — Cada factura contiene una referencia criptográfica (hash) de la factura anterior, asegurando la integridad y secuencialidad de los datos emitidos en el registro de facturación.

Por cada factura se generará un registro de facturación conforme a los esquemas definidos en la AEAT. Cada registro de facturación incluye:

  • Datos identificativos de la factura.
  • Hash del registro anterior.
  • Firma digital individual del registro (en sistemas NO VERI*FACTU).
  • Generación de código QR.
  • Capacidad de exportar los registros de facturación bajo requerimientos (NO VERI*FACTU) o de forma automatizada (VERI*FACTU).

El diagrama de flujo que sigue esta aplicación es el siguiente:

4. CONFIGURACIÓN APLICACIÓN

Para poner en funcionamiento la aplicación, son necesarias unas series de configuraciones dentro de los diferentes módulos con los que cuenta la aplicación:

  • Módulo Panel de aplicaciones.
  • Módulo SIF.
  • Módulo de Configuración.

4.1. Módulo Panel de aplicaciones

Dentro del módulo principal de la aplicación habrá que configurar los certificados electrónicos con los que se trabaje en el software. La configuración de los certificados se encuentra en el menú UTILIDADES > MANTENIMIENTO DE USUARIO > CERTIFICADOS DIGITALES.

Esta opción solo puede acceder el usuario administrador del software. Se introducen todos los certificados y sus claves.

4.2. Módulo SIF

La parte de configuración que corresponde a este módulo se encuentra en el menú UTILIDADESACCESOS ESPECIALES. Desde esta sección, es posible asignar permisos específicos por usuario para cada una de las funcionalidades del sistema, lo que permite un control más preciso y aporta una mayor robustez y seguridad al aplicativo.

Existen una serie de parámetros genéricos en la aplicación para definir la forma de actuar en los diferentes aspectos de los registros de facturación: pudiendo elegir el sistema de firma de registros, hasta si se quieren generar registros de log (aconsejable al principio de trabajar con el sistema nuevo).

4.3. Módulo Configuración

Opción de la aplicación donde se configura el entorno operativo con el que trabajará una o varios obligados tributarios, lo cual influirá directamente en el funcionamiento y las funcionalidades disponibles en la aplicación.
En la barra de herramientas existe una nueva opción para indicar la presentación fiscal a la que se acoge el obligado tributario, accesible desde CONFIGURACIÓN DE CIERRES > PRESENTACIÓN FISCAL. Los valores incluidos en la opción son los siguientes:

  • Año.
  • Fecha de inicio.
  • Presentación fiscal.
    — SIF (NO VERI*FACTU)
    — Acogida a la modalidad VERI*FACTU, dentro de la normativa SIF.
    — Acogida al reglamento SII.
    — Sector Exento.

Desde el mantenimiento de empresas del módulo accederá a todas las empresas con las que esté trabajando; una vez posicionada en cualquiera de ellas aparecerá el apartado de TIPO DE PRESENTACIÓN FISCAL, donde tiene que configurar el estado de su empresa:

  • Cumpliendo el reglamento SIF.

  • Cumpliendo el reglamento SII.

  • Sector exento del SIF.

Por otro lado, dentro del mantenimiento de empresas hay que configurar los siguientes campos:

  • ¿El representante legal es el emisor de las facturas? Si la empresa registra las facturas en nombre de otro, como pueden ser las asesorías, entonces pondremos este campo con el valor SI para que el nombre del representante y el NIF se envíen en los registros de facturación. En el caso de que se cumplimente con NO nunca se enviarán, aunque estén rellenos.

Por último, dentro de este módulo debemos seleccionar el certificado del obligado tributario de los definidos en el panel de aplicaciones para esta empresa. En el menú de la barra de herramientas de la opción de Mantenimiento de Empresas existe un botón “e-Factura”, en el que debemos seleccionar el certificado.

5. MÓDULO SIF

Este módulo agrupa todas las funcionalidades necesarias para asegurar el cumplimiento del reglamento. Además, está diseñado para integrarse y coordinarse con el resto de módulos de la aplicación, garantizando que se puedan ejecutar todos los procesos requeridos de manera coherente y eficiente.

5.1. Identificación del Software

Se ha diseñado una opción para facilitar la identificación del software y tener acceso en cualquier momento a la declaración responsable de dicho aplicativo. La opción se encuentra en UTILIDADES > SISTEMA INFORMÁTICO.

  • Empresa productora: Fersoft Informática, S.L.

  • NIF.: B14455703

  • Versión del conector: 1.0

  • Nombre del Sistema informático: GPBUSINESS

  • Identificación: 01

  • Versión: Versión actual del software.

  • Número de instalación: Identificación de la instalación para la empresa con la que se está trabajando.

  • Solo funciona en modo VERI*FACTU: No. La aplicación permite al usuario poder seleccionar la modalidad a la que se va a acoger, NO VERI*FACTU o VERI*FACTU, en el caso de ser aplicable el reglamento SIF.

Además, el software también es configurable por el obligado tributario para acogerse a la modalidad SII (Sistema Inmediato de Información) o si se trata de algún sector exento.

Permite facturación de varios obligados tributarios: SI.

  • N.º de obligados tributarios de alta en el sistema informático: tantas empresas como tenga en la aplicación en año en curso acogidas al SIF.

Con esta información se generan los registros de facturación y de eventos de la aplicación.

Dentro del menú AYUDA > Declaración responsable tiene disponible el acceso al documento de declaración responsable que certifica GpBusiness.

 

5.2. Registros de facturación

En esta opción es donde se almacenarán la información de registro de una factura emitida desde los diferentes módulos que puede disponer GpBusiness, el QR y la información de encadenamiento con el registro anterior.

Los registros generados serán tanto en modalidad NO VERI*FACTU como VERI*FACTU. En el caso de que sea NO VERI*FACTU, desde este mantenimiento se dispone de las opciones necesarias para realizar las comprobaciones de integridad, huella y firma y si está configurado en VERI*FACTU se podrá seguir la trazabilidad del envío de cada registro.

Se permite ver todos los registros asociados a una misma factura dependiendo de las acciones que se realicen sobre ella: altas, subsanaciones o anulaciones.

5.3. Registros de eventos

Solo en NO VERI*FACTU, no en modalidad VERI*FACTU, el sistema tiene que registrar una serie de eventos que se producen mientras está en uso el software. Siguiendo los requisitos del Reglamento según el Anexo en el que se detallan los tipos de eventos (tabla L2E) se encuentran los siguientes:

El software está configurado para que cada vez que detecte alguno de los eventos anteriores genere un registro dentro de un mantenimiento específico, el cual debe ser firmado con el certificado electrónico de la empresa donde se produzcan, para así garantizar la integridad y trazabilidad de los mismos, detectando posibles anomalías que pudieran surgir.

6. PROCESO DE LA EMISIÓN DE FACTURA

A continuación, se detallan las etapas fundamentales del proceso de emisión de facturas, destacando los elementos clave en cada una para asegurar su integridad, coherencia y protección frente a alteraciones no autorizadas. Asimismo, se describe el método utilizado para generar la huella digital, su vinculación con el registro anterior y la incorporación del Código QR en la factura.

La aplicación, según esté configurada como sistema VERI*FACTU o NO VERI*FACTU, ejecuta diferentes procedimientos conforme a lo establecido en el Reglamento. Sin embargo, existen ciertos procesos que se realizan en ambos casos, independientemente del tipo de configuración. Estos procesos comunes son los siguientes:

  • Creación de la factura:
    Se genera el documento que recoge los datos esenciales de la operación comercial, como emisor, receptor, conceptos facturados, importes y tributos aplicables.
  • Generación del registro de facturación:
    Paralelamente a la emisión de la factura, se crea un registro estructurado con la información relevante que será utilizada para fines de control y trazabilidad.
  • Cálculo de la huella digital (hash):
    A partir del contenido del registro de facturación, se genera una huella digital mediante un algoritmo de hash criptográfico, garantizando la integridad de los datos. El cálculo de esta huella es acorde con la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre y las instrucciones publicadas por la AEAT.
  • Encadenamiento con el registro anterior:
    El nuevo registro incorpora la huella digital del registro anterior, formando una cadena inalterable que permite detectar cualquier intento de manipulación o alteración posterior.
  • Impresión de la factura:
    Se genera un QR y textos asociados en el documento impreso de la factura que dependiendo de la modalidad mostrará una información al realizar la lectura del QR.

Además de los procesos comunes, existen diferencias específicas en función de si la aplicación está configurada como sistema VERI*FACTU o NO VERI*FACTU. Estas diferencias responden a los requisitos normativos aplicables a cada modalidad:

  • En modo NO VERI*FACTU:
    — No existe remisión automática de los registros de facturación a la AEAT, siempre será bajo requerimiento.
    — Firma del registro de facturación mediante certificado electrónico.
    — Realización de las comprobaciones y registro de eventos.

  • En modo VERI*FACTU:
    — Envío automático a la AEAT inmediatamente después del tiempo de espera establecido.

    7. ENVÍO DE LAS FACTURAS A LA AGENCIA TRIBUTARIA

    Cuando la aplicación opera en modo VERI*FACTU, uno de los aspectos clave del sistema es la remisión automatizada de los registros de facturación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Este procedimiento garantiza la trazabilidad y el control en tiempo real de las facturas emitidas, cumpliendo con lo dispuesto en el Reglamento.

    Los pasos a seguir son los siguientes:

    • El registro de facturación se envía de forma inmediata o casi en tiempo real a la AEAT a través de los servicios web habilitados para tal fin. Este envío debe cumplir con el formato, estructura XML y especificaciones técnicas publicadas por la Agencia Tributaria. Se realizan las siguientes comprobaciones:

    • Si ha transcurrido el tiempo de espera que establece la AEAT: en el caso de que este tiempo no haya transcurrido permanece a la espera, y una vez cumplido realizará el envío de todos los registros pendientes en un único envío.

    • Si existe registros con incidencias se tienen que enviar por separado de los que no tienen incidencias.

    • Una vez recibido, el sistema de la AEAT verifica la validez del contenido y devuelve una respuesta de aceptación o rechazo. En caso de errores (formato, datos inválidos, duplicidades, etc.), la aplicación debe gestionar la notificación y permitir las correcciones necesarias.

    • En caso de no poder contactar con el servicio se marcarán los registros como incidencias y se mantienen en la cola de envíos pendientes, notificando al usuario de que existen registros de incidencias mediante alarmas establecidas en la aplicación.

    • Una vez generado el registro éste queda bloqueado y no puede ser alterado. Si se detecta un error deberá subsanarse siguiendo las pautas establecidas.

    • Se actualizará el estado del registro. Existiendo varios estados para identificar a un registro:
      — Pendiente.
      — Aceptada.
      — Aceptada con errores.
      — Rechazada.

    • El sistema está configurado para que genere los logs y genere los ficheros de envíos y respuestas, que se almacenan en la carpeta destinada para ello dentro de la aplicación.

    Cuando la aplicación opera en modo NO VERI*FACTU, no conlleva la remisión automática, sino que los registros se enviarán cuando sean requeridos por la AEAT. Para ello, existirá una opción en la aplicación para su envío.

        Se le indicará el rango de fechas de la emisión de facturas y el número de requerimiento que le ha sido asignado por la AEAT. El sistema conectará y hará una remisión masiva de los registros de facturación, solo los registros de facturación donde no se ha identificado a la contraparte serán rechazados.

        8. IMPRESIÓN DE FACTURAS

        La impresión de las facturas no es simplemente una representación gráfica del documento, sino que debe reflejar de forma fiel y completa la información exigida por la normativa, incluyendo los elementos de trazabilidad que permiten verificar su autenticidad.

        Un elemento más que se incluye con el nuevo reglamento es la imagen gráfica de un código QR en la factura, ya sea en formato papel o electrónico. Este código permite a terceros (cliente, AEAT, auditores) verificar la factura directamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

        Se han diseñado un mecanismo de certificación de los formatos de facturas para que no se permita la manipulación de las claves de los requisitos del código QR, configurados según las especificaciones de generación y cálculo en base a la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.

        Existe una opción en la aplicación de modo consulta para ver la configuración que debe tener el código QR.

         

        8.1. Características del código QR

        • Se genera a partir de los datos clave de la factura, incluyendo el identificador fiscal del emisor, el número y fecha de factura e importe.
        • Debe estar impreso de forma visible y clara en la parte superior de la factura y no podrá interferir con otros elementos o códigos QR que pudieran contener.
        • Debe cumplir con las especificaciones técnicas de la AEAT (formato de codificación, tamaño mínimo, nivel de corrección de errores, etc.).
        • El código QR incorpora un enlace o URI verificable que enlaza con a la sede electrónica de la AEAT, junto con los parámetros necesarios para validar la autenticidad del documento.
        • Junto a la presentación del código QR se incluirá también un texto precediéndolo: “QR Tributario”. Además, en el caso de modalidad VERI*FACTU el sistema añade justo debajo del código QR la siguiente frase: “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” o “VERI*FACTU”.

         

        8.2. Factura electrónica

        Para generar una factura electrónica con formato Factura-e, se añade la cadena del código QR en el nodo “LegalReference” del fichero XML de la factura electrónica.

        8.3. Ejemplo de una factura impresa en modalidad VERI*FACTU

        8.4. Ejemplo de una factura impresa en modalidad NO VERI*FACTU

        9. LOGS DE REGISTROS

        El sistema genera logs diarios que permiten realizar un seguimiento detallado de todas las operaciones relacionadas con la comunicación con la Agencia Tributaria. Estos registros son fundamentales tanto para el control interno como para la trazabilidad en caso de auditorías o incidencias técnicas, por lo que se aconseja no desactivar esta opción.

        Estos logs se activan cuando se configura la aplicación, aunque en cualquier momento se puede activar o desactivar. Se guardarán en la carpeta de la aplicación GpBusiness.

        10. PRUEBAS DE CONEXIÓN Y CERTIFICACIÓN TÉCNICA CON LA AEAT

        Con el fin de garantizar la compatibilidad del sistema con los servicios de la AEAT en el marco del cumplimiento del SIF, se han realizado pruebas exhaustivas en el entorno de pruebas de la AEAT.

        10.1. Pruebas realizadas

        • Conexión con el entorno de pruebas de la AEAT habilitado para sistemas VERI*FACTU.
        • Generación de registros estructurados conforme al esquema XSD oficial.
        • Firma digital y encadenamiento completo de los registros.
        • Envío mediante API REST con autenticación mediante certificado digital.
        • Recepción y validación de acuses XML de respuesta de la AEAT.

        10.2. Documentación de las pruebas

        Durante las pruebas se han generado automáticamente los siguientes ficheros de soporte:

         

        • Presentacion_265.XML → Log de la petición HTTP enviada al endpoint de la AEAT.

         

        • Respuesta_265.xml → XML recibido de respuesta por parte de la AEAT (acuse).

         

        • 01072025.log → Log completo del proceso, incluyendo código de respuesta, errores y reintentos de un día concreto.

         

        10.3. Resultado de las pruebas

        ✔ Todos los registros enviados fueron aceptados correctamente por la AEAT.
        ✔ Se validaron casos de éxito, errores de formato y duplicados para comprobar el comportamiento. del sistema.
        ✔ Se han conservado los logs y XML como evidencia documental técnica del cumplimiento.
        ✔ El sistema ha sido probado en múltiples escenarios con resultados estables.

         

        10.4. Certificación técnica

        Aunque la AEAT no emite una certificación formal, este software ha sido autovalidado técnicamente conforme a la documentación oficial y se considera apto para operar en modo VERI*FACTU y NO VERI*FACTU en producción.

        11. INTEGRACIÓN DE FACTURAS DESDE OTROS SISTEMAS DE FACTURACIÓN

        La aplicación contempla la posibilidad de importar facturas generadas y certificadas en otros sistemas de facturación, con el fin de integrarlas para su uso en procesos contables, logísticos o de análisis interno, sin duplicar su registro ante la Agencia Tributaria.

        11.1. Importación de facturas externas

        El sistema permite importar facturas emitidas desde otros programas de facturación mediante los mecanismos disponibles en la aplicación, tales como:

        • Carga de archivos XML/CSV compatibles.
        • Conectores específicos con otros ERP o software contable.
        • Integraciones vía API.

        Estas facturas pueden provenir de sistemas certificados que ya hayan cumplido con el proceso de verificación o comunicación con la AEAT (VERI*FACTU o SII), y se incorporan únicamente en el sistema actual para su:

        • Registro contable.
        • Gestión de almacén.
        • Control interno y trazabilidad.

         

        11.2. Marcado de facturas ya certificadas

        Para evitar duplicidades o errores, el sistema incorpora un mecanismo que marca las facturas importadas como “ya registradas” o “certificadas externamente”. Esta identificación se realiza automáticamente durante el proceso de importación, sin necesidad de que el usuario establezca ningún parámetro, ya que forma parte de la lógica interna del software:

        • No se realiza un nuevo registro de facturación ni se genera envío a la AEAT.
        • Se incorpora únicamente a efectos de consulta, gestión o contabilidad.

         

        11.3. Importación de registro de facturación

        Adicionalmente, la aplicación permite importar registros de facturación previamente enviados a Hacienda, incluyendo la información que establece la legislación para los registros de facturación. Esta opción se encuentra en el módulo SIF en el mantenimiento de “Registros de facturas emitidas”.

         

        Una vez realizada la lectura del fichero XML válido para esta opción, se pasará a insertar un registro de facturación que ha sido certificado en otra aplicación, con la finalidad que pueda realizar una subsanación o anulación y no disponga del software original donde se certificó.

         

        12. MECANISMOS DE CONTROL

        El sistema incorpora una serie de mecanismos de control diseñados para garantizar la validez, integridad y trazabilidad de los datos procesados, especialmente en lo relacionado con la emisión de facturas, su envío a la Agencia Tributaria (AEAT), y su posterior tratamiento contable o documental.

        Estos controles permiten detectar errores, prevenir acciones no autorizadas y asegurar el cumplimiento normativo, especialmente en entornos regulados como el Sistema Informático de Facturación (SIF).

        12.1. Control de integridad de datos

        •  Validación de campos obligatorios y formatos (NIF, fechas, importes, etc.) antes del registro o envío de facturas.
        • Verificación de coherencia entre totales, bases imponibles e impuestos.
        • Revisión de duplicidades por número de factura y emisor.

        12.2. Control de envío a la AEAT (VERI*FACTU)

        • Confirmación de firma digital válida antes del envío.
        • Registro automático del estado de la comunicación (aceptado, rechazado, pendiente).
        • Reintentos automáticos configurables en caso de fallo temporal.
        • Registro detallado de la respuesta de la AEAT.

        12.3. Control de acceso y permisos

        • Gestión de usuarios y roles con diferentes niveles de acceso (administrador, autorizado, no autorizado).
        • Control de permisos sobre acciones sensibles como: anular facturas, reenviar registros, modificar información enviada.
        • Trazabilidad por usuario de las subsanaciones y anulaciones por fecha de las facturas emitidas.

        12.4. Control de modificación y anulación

        •  Las facturas certificadas no pueden ser modificadas directamente.
        • Toda corrección se realiza mediante documentos de rectificación (facturas rectificativas), subsanaciones o procesos de anulación autorizados.
        • Registro detallado de cada modificación o anulación, con trazabilidad del motivo, fecha y usuario responsable.

        12.5. Alertas y notificaciones

        • Alertas configurables ante errores de envío, rechazo de facturas por la AEAT o vencimientos de certificados.
        • Notificaciones dentro del sistema para acciones pendientes o inconsistencias detectadas.
        • El sistema de facturación se bloquea automáticamente cuando se detecta que no se puede garantizar la integridad de los datos, la trazabilidad de las operaciones o el cumplimiento de los requisitos legales, evitando así la generación de registros inválidos.
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