El cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos es obligatorio tanto para pequeñas como para grandes empresas y no pasa desapercibida ante ninguna autoridad responsable de que se cumpla con la Ley.
La aplicación de mensajería instantánea Whatsapp ha recibido un duro revés después de una investigación de más de dos años por parte de la autoridad de protección de datos de Irlanda, uno de sus países fetiche, al menos hasta ahora.
La autoridad encargada de vigilar la protección de datos en Irlanda le ha impuesto una multa récord por un importe de 225 millones de euros por ocultar qué datos de los usuarios europeos comparte con su propietaria, Facebook, lo cual supone una violación de la privacidad según las leyes comunitarias de protección de datos y es que, la investigación encontró que la compañía había violado las leyes de protección de datos al no describir cómo usaba la información que recogía, según publicaba el medio británico The Times.
«La DPC examinó si WhatsApp había cumplido con sus obligaciones de transparencia de GDPR con respecto a la provisión de información y la transparencia de esa información tanto a los usuarios como a los no usuarios del servicio de WhatsApp. Esto incluye información proporcionada a los interesados sobre el procesamiento de información entre WhatsApp y otras empresas de Facebook. Tras una investigación extensa y exhaustiva, la DPC presentó un proyecto de decisión a todas las Autoridades de supervisión interesadas (CSA) en virtud del artículo 60 del RGPD en diciembre de 2020», comenta un portavoz al medio inglés. Los resultados de la investigación se retrasaron después de que otras agencias europeas de protección de datos se opusieran a la multa que proponía Irlanda. Irlanda reevaluó posteriormente y aumentó su multa propuesta.
La multa de 225 millones de euros a Whatsapp por parte de las autoridades irlandesas es la más grande jamás impuesta a una empresa tecnológica por violar el RGPD aunque, no es la única ya que otros países como Francia ya habían impuesto multas cuantiosas como la que se le impuso a Google por saltarse la misma normativa con un importe de 50 millones de euros.
Recordemos que las agencias reguladoras tienen la potestad de poder sancionar según el tipo de infracción que se cometa. El Reglamento establece sanciones de 0 a 10 millones de euros o hasta el 2% de su facturación anual si la infracción es leve o hasta 20 millones de euros o el 4% de su facturación si la infracción es grave.
La dirección de Whatsapp ya ha informado que están planeando apelar contra la multa ya que la consideran desproporcionada y la recurrirán en los tribunales, “Hemos trabajado para asegurarnos de que la información que proporcionamos sea transparente y completa y continuaremos haciéndolo. No estamos de acuerdo con la decisión de hoy con respecto a la transparencia que brindamos a las personas en 2018 y las sanciones son completamente desproporcionadas. Apelaremos esta decisión”.