¿Alguna vez te has planteado poner una cámara en el coche para poder vigilar o grabar si te rayan el coche?
Si alguna vez te han entrado ganas de poner una cámara en tu coche, antes deberías saber que si ésta graba la vía pública, podrías recibir una multa de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) como le ha pasado a un residente de A Coruña, que ha recibido una multa de 1000 euros por dejar una cámara encendida en el interior de su vehículo y desde la cual, grababa la vía pública.
Tras recibir la multa, el sancionado alegó que el propósito del dispositivo era registrar y disuadir a los autores de repetidos “actos vandálicos” que ha sufrido su coche, pero esto no le ha servido de nada ya que el regulador de privacidad no le ha exento de la multa ya que, como viene en la resolución de la AEPD, consideran probado que la cámara funcionaba y que grababa la vía pública debido a que la persona sancionada ha enviado al organismo las imágenes que supuestamente muestran a terceras personas atacando su coche.
La sanción le llegó a este coruñés tras una denuncia de la Policía Local de A Coruña que encontraron que la cámara estaba realizando una grabación desde su interior hacia la vía pública cuando retiraron el coche y lo trasladaron al depósito municipal.
Recordemos que poner cámaras en el interior del vehículo está permitido siempre y cuando éstas graben sólo lo que ocurre en su interior y no pongan en peligro la seguridad vial.
Con respecto a las normas de protección de datos, no se permite orientarlas hacia el exterior, puesto que las imágenes de los transeúntes forman parte de su información personal y no se pueden recoger sin su consentimiento y un motivo justificado.
Sólo hay una excepción para poder grabar el exterior del coche y es cuando éste se encuentre en movimiento y su único objetivo sea utilizar la grabación o las imágenes en caso de colisión o accidente. “Su almacenamiento sólo está permitido con el vehículo en movimiento y en el caso puntual de accidente, cuestión que no se produce en los hechos descritos pues el vehículo estaba estacionado sin el conductor en su interior, continuando con el tratamiento de datos personales en una zona de tránsito público” afirman desde el organismo.
En la resolución, la AEPD recuerda que la grabación de la vía pública con motivos de vigilancia está reservada en exclusiva a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
La multa de 1000 euros que recibió el sancionado se coloca en la parte inferior de la horquilla para este tipo de infracciones ya que se comprometió a retirarla de inmediato y colaboró con la investigación de la Agencia.