Debido al crecimiento tan acelerado de los negocios eCommerce que se ha producido por la pandemia, los estados de la Unión Europea han incrementado aún más sus pérdidas en ingresos provenientes del I.V.A. (los cuales ya eran bastante bajos antes).

Es por este motivo que, a partir del 1 de julio de 2021, cambian las bases para efectuar la facturación del I.V.A. en los eCommerce; cambios propuestos en la reforma del sistema del I.V.A. de la UE. Estos cambios afectarán a todos los eCommerce con registro en cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea, con el propósito de reducir los fraudes del I.V.A. transfronterizo y evitar las pérdidas mencionadas anteriormente.

 

I.V.A. ACTUAL

Por el momento, un eCommerce solo debe aplicar el I.V.A. del país de origen (es decir, en el que se encuentra registrada) en facturar a clientes extranjeros si la facturación anual que estos proporcionan no sobrepasa una determinada cifra (fijada en cada país). Si ésta se excede, la tienda online debe darse de alta ante el organismo fiscal del país de registro de estos clientes, y gravar también su impuesto. Las condiciones del I.V.A. se fijan de forma independiente en cada estado.

Sin embargo, las importaciones que tienen una facturación inferior a 22€ están exentas del impuesto, por lo que hay una cierta brecha legal que se puede aprovechar para el fraude.

 

NUEVO I.V.A.

Para evitarlo, el nuevo I.V.A. propone las siguientes medidas:

  • Eliminación de las cifras que determinan el máximo de facturación que se puede emitir sin pagar el I.V.A. del país extranjero. Es decir, se suprimen los umbrales nacionales, de modo que existirá una cifra máxima única para todos los Estados Miembros. Aunque esto pueda representar todo un reto para algunos eCommerce, se facilitará el trámite estableciendo una “ventanilla única”: un portal web donde se podrá declarar y pagar el I.V.A. de forma electrónica y en el cual no se requerirá darse de alta a efectos fiscales en otro estado. Sin embargo, si tu empresa tiene muchos clientes en el extranjero, el trámite puede ser complicado, por lo que recomendamos contratar los servicios de un asesor fiscal para ayudarte en la transición.
  • Fin de la extensión del I.V.A. en la importación de envíos de escaso valor. Es decir, que las importaciones a países fuera de la Unión Europea con una facturación por debajo de los 22€ ahora también estarán sujetas al I.V.A. del estado de destino.
  • Régimen especial para marketplaces con ventas a distancia de bienes importados de terceros países. Estos serán considerados vendedores a efectos del I.V.A., de modo que los marketplaces pasarán a ser responsables de la gestión del I.V.A. de terceros países que exporten sus productos en los Estados que formen parte de la UE.

 

Y tú, ¿estás preparado para este cambio? Un buen modo de afrontarlo es teniendo un buen método para la correcta gestión de tus finanzas, como por ejemplo, el ERP Gestplus Business de Fersoft. Nuestro programa de gestión se especializa en la gestión de mercancía y el control de la facturación de tu empresa, de forma sencilla e intuitivo, I.V.A., para que puedas realizar la transición al nuevo I.V.A. de una forma más práctica y controlada.

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